Manual del autoelogio: cómo gobernar sin que la realidad interrumpa
Por Marianela Marclay, diputada nacional.
A casi cincuenta años del golpe de Estado de 1976, hay debates que la democracia argentina creyó haber saldado. Sin embargo, la sola hipótesis -aunque sea eventual- de indultos en causas de lesa humanidad vuelve a encender una alarma institucional. No se trata de una discusión abstracta: se trata de los límites del poder frente a los crímenes cometidos desde el propio aparato estatal.
El indulto existe en la Constitución. Nadie lo discute. Lo que está en juego es su alcance cuando se proyecta sobre delitos de lesa humanidad. Desde la reforma constitucional de 1994, los tratados de derechos humanos tienen jerarquía constitucional. Y desde los fallos “Simón” y “Mazzeo”, la Corte Suprema dejó claro que el Estado argentino tiene la obligación de investigar, juzgar y sancionar graves violaciones a los derechos humanos. En ese marco, el indulto no puede convertirse en un mecanismo de impunidad.
No es una consigna política: es un límite jurídico. A nivel internacional, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostuvo en el caso “Barrios Altos” que ningún Estado puede adoptar medidas que frustren la sanción de graves violaciones a los derechos humanos. Esto implica que cualquier eventual indulto no sólo debería superar el control de constitucionalidad interno, sino también el control de convencionalidad.
Pero el problema es aún más profundo. Los juicios por delitos de lesa humanidad no fueron simples procesos penales. Fueron actos de reconstrucción democrática. Restituyeron dignidad a las víctimas, fijaron una verdad pública sobre el terrorismo de Estado y consolidaron el “Nunca Más” como un consenso estructural de la vida democrática argentina, como una garantía de no repetición de hechos de barbarie.
Como señalaba Michel Foucault, el derecho no es un mero aplicador de normas: también produce verdad. Organiza procedimientos mediante los cuales ciertos discursos adquieren estatuto de verdad legítima. En la Argentina, los juicios transformaron décadas de negación en verdad judicial. No sólo establecieron responsabilidades penales: fijaron un límite histórico al ejercicio de la violencia estatal.
Por eso, un eventual indulto en este terreno no sería un gesto administrativo neutro. Sería una definición política de enorme alcance. No afectaría sólo la ejecución de una condena: alteraría el mensaje que el Estado envía sobre su propio pasado y sobre los límites que reconoce para el futuro.
La experiencia del llamado 2x1 lo demostró con claridad. Cuando se intentó relativizar el alcance de las condenas por delitos de lesa humanidad, la reacción social fue inmediata y masiva. El conflicto desbordó los tribunales porque lo que estaba en juego no era una técnica jurídica, sino el pacto democrático construido desde 1983.
Como ha señalado Álvaro García Linera, hay momentos en que la política vuelve a anclarse en el cuerpo social, y las instituciones deben escuchar esa energía democrática si no quieren perder legitimidad. Las democracias no se sostienen sólo en la legalidad formal; necesitan consenso activo.
Hoy la pregunta no es si el indulto es formalmente posible. La pregunta es si es compatible con el consenso democrático que sostiene nuestra convivencia institucional. Las democracias no se erosionan sólo por rupturas abruptas; también pueden degradarse por decisiones que, bajo apariencia de legalidad, vacían sus límites fundantes.
Si el indulto se transforma en la última trinchera de la impunidad, la discusión no quedará encerrada en los despachos oficiales. Cuando se toca el núcleo del “Nunca Más”, el debate deja de ser técnico y se vuelve histórico.
Y si ese límite vuelve a ponerse en tensión, la respuesta no estará sólo en los tribunales.
Estará, una vez más, en las calles y en nuestras plazas.
Nunca Más.
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No me contestaste y tenía que hacer un trámite, pero no hay problema; chiflame y estoy.