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Sociedad Política

Diputados justicialistas proponen una ley para frenar aumentos sorpresivos de combustibles

El proyecto ingresó en la Cámara Baja. Establece que todas las empresas proveedoras y estaciones de servicio deberán informar con 72 horas de anticipación cualquier modificación en los precios de los combustibles líquidos y gaseosos.

14 Nov, 2025, 10:51 AM

La iniciativa de la diputada provincial Lorena Arrozogaray, tiene como coautores a sus compañeros del bloque justicialista Mariel Silvia Ávila, Juan José Bahillo, Enrique Cresto, Silvina Deccó, Silvia Moreno y Yari Seyler.

 

El texto establece que “todas las empresas proveedoras y estaciones de servicio deberán informar con 72 horas de anticipación cualquier modificación en los precios de los combustibles líquidos y gaseosos” y, “aplicar sanciones firmes a quienes incumplan estas obligaciones en la provincia de Entre Ríos”.

 

El proyecto surgió “como respuesta al nuevo escenario generado tras la derogación del régimen nacional que exigía informar en tiempo real los cambios de precios, una medida que dejó a consumidores y usuarios sin herramientas básicas para organizar sus gastos” y, “se enmarca en un debate que también se viene dando en otras jurisdicciones del país, donde se han impulsado propuestas orientadas a restablecer mecanismos de previsibilidad en los precios de los combustibles”.

 

En ese sentido, “busca trasladar esa lógica al ámbito provincial, garantizando mayor transparencia, anticipación y control frente a incrementos sorpresivos”.

 

Por otra parte, incorpora “la obligación de que las estaciones de servicio exhiban cartelería visible e informen mediante sus canales digitales con al menos 48 horas de anticipación. Este mecanismo busca garantizar que la información sea clara, accesible y llegue a los usuarios antes de que los incrementos se apliquen efectivamente”.

 

La propuesta, también establece “un régimen sancionatorio expresado en litros de nafta súper, lo que permite actualizar automáticamente el valor de las multas frente al proceso inflacionario. Para las empresas abastecedoras, las sanciones irán del equivalente a 5.000 a 150.000 litros, pudiendo llegar a la suspensión de la habilitación comercial en caso de reincidencia. Para los expendedores, las multas oscilarán entre 100 y 500 litros”.

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